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domingo, 3 de octubre de 2010

POR LA PLATA BAILA EL MONO




Madre, yo al oro me humillo,
Él es mi amante y mi amado,
Pues de puro enamorado
Anda continuo amarillo.
Que pues doblón o sencillo
Hace todo cuanto quiero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.

Éste es un dicho muy utilizado y tiene su origen en una poesía de Góngora. Su significado es muy transparente: el dinero es poderoso y puede hacer que, llevadas por la avaricia, las personas puedan caer en ciertas tentaciones.


“Galvarino Apablaza Guerra debió haber sido juzgado en Chile, porque el crimen lo cometió en Chile. Creo que, al fin y al cabo, la decisión que ha tomado la Conare en Argentina significa un retroceso para la causa de la justicia y de los derechos humanos en mi país”, declaró el Presidente chileno Sebastián Piñera, luego de conocerse la decisión del gobierno argentino de concederle asilo político.

Sin lugar a dudas, el status de refugiado que le concedió Cristina Kirchner a Apablaza puede desembocar en un roce en las relaciones con el país trasandino.

Algo de eso le adelantó el presidente del Senado chileno a Julio Cobos hace pocas horas: “Una negativa de la presidenta va a atentar negativamente en las relaciones bilaterales”, pronosticó Jorge Pizarro Soto, que pertenece al Partido Demócrata Cristiano y no es un aliado de la UDI; el partido de Piñera.

Sergio Galvarino Apablaza Guerra fue uno de los fundadores del Frente Patriótico Manuel Rodríguez y está acusado de participado en el asesinato del senador Jaime Guzmán en 1991 y del secuestro del empresario Christian Edwards del Río, directivo del diario El Mercurio.

Lo primero que hay que destacar es que los delitos que se le imputan a Apablaza Guerra fueron cometidos en democracia durante la presidencia de Patricio Aylwin y, principalmente por esta razón, en Chile son considerados delitos comunes.

La CONARE habría fundamentado su decisión en que Apablaza es “un militante político, un luchador contra la dictadura” y mencionaron que “no es un ciudadano común”.

Ahora bien:

* Los delitos por los que se lo quiere juzgar no fueron cometidos como parte de la lucha contra una dictadura.

* Chile era gobernado por un presidente democrático.

Por otra parte, hay que señalar que en la Argentina rige desde el año 2006 la Ley de Refugiados (N° 26.165) que establece los requisitos que deben cumplirse para ser considerado refugiado político.

El artículo cuarto establece que el término refugiado se le aplicará a toda persona que “debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones política, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera volver…”.

Claramente, Apablaza no cumple con estos requisitos porque no se lo acusa debido a sus opiniones políticas, la justicia chilena lo quiere enjuiciar por dos hechos que están relacionados con su militancia política.

El mismo artículo en su segundo párrafo establece que también será considerado refugiado a la persona cuya “seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado el orden público”.

Es bien sabido que nada de esto sucede en Chile hoy en día y que en ese país rige el estado de derecho y todas las garantías del debido proceso.

En suma, nada de lo requerido por la ley encuadra en el caso Apablaza Guerra, ni sus condiciones personales ni tampoco el contexto político que debiera reinar en su país.

Sin embargo, la decisión de la Argentina implica que el gobierno de Cristina Kirchner considera que en Chile no se verifican las garantías que debe gozar cualquier ciudadano sometido a la justicia y que no se respetan los derechos humanos.

No se trata de una cuestión de interpretación personal, sencillamente en Chile rige la democracia, las garantías del debido proceso y el respeto por los derechos humanos. Es un agravio que afectará las relaciones con el gobierno chileno.

No hay que perder de vista que el Gobierno toma la decisión de concederle refugio a Apablaza, justo en la misma semana que el kirchnerismo se enfrascó en una guerra contra la Corte Suprema de Justicia; que en un fallo sostuvo que debía ser extraditado a Chile.

No es un dato menor, si bien la última palabra en la cuestión la tenía la CONARE.

Por eso, es muy llamativa la rápida decisión de la Comisión cuando el trámite llevaba más de cinco años y sistemáticamente sus responsables le habían negado el acceso a la Corte del expediente invocando excusas poco creíbles.

No es casualidad que la cuestión súbitamente se resuelva ahora.

Por otra parte, otro dato interesante que surge del fallo de la Corte es que nada permite suponer que aunque en los hechos estuviera involucrado un funcionario de Estado, como el senador Guzmán, no permite conjeturar que ello sea suficiente como para definir un delito como político.

Así, la Corte está diciendo que el asesinato de Guzmán y el secuestro de Edwards no fueron más que delitos comunes.

Además, el fallo revela que “en lo que concierne a la esfera intencional del requerido es de destacar que Apablaza Guerra, al declarar en oportunidad de llevarse a cabo el juicio, no formuló la más remota alusión de que hubiera obrado bajo la influencia de una motivación política.

Fundamentación, la precedente, suficiente para desestimar los argumentos desarrollados por su defensa”.

La cita es muy contundente y no parece lógico que una persona que haya cometido delitos luchando contra una dictadura o por motivaciones políticas se haya olvidado de declararlo al juez.

El abogado defensor de Apablaza, Rodolfo Yanzón, dijo en el programa Contrapunto que la Corte “mentía” sobre este punto y que su defendido siempre dejó en claro sus motivaciones políticas.

Pero aún cuando Yanzón dijera la verdad y la Corte mienta, vaya a saber por qué razón lo haría, tampoco se verifican los extremos prescriptos por la ley para que un ciudadano extranjero puede ser considerado un refugiado político. Y de ello no hay duda.

¿Quién puede decir hoy que en Chile se atenta contra los Derechos Humanos?

¿Quién puede afirmar que en el país vecino no se respetan las garantías del debido proceso?

¿A caso Chile está bajo una situación de conmoción interna o hay persecuciones llevadas a cabo por un gobierno de facto?

Nada de esto ocurre en Chile, sólo que el matrimonio presidencial argentino tiene una forma muy particular y sesgada de entender los Derechos Humanos.

Parece que así como hay capitalismo para amigos gracias a lo cual se hacen cada vez más ricos, también el kirchnerismo considera que hay Derechos Humanos aplicados a la medida de quien se trate.

Tal vez la peor consecuencia sea que los delitos por los cuales la justicia chilena reclama la extradición de Apablaza sea que los delitos que se le imputan queden impunes y nunca se llegue a conocer la verdad, porque más allá de todo, lo que siempre está implícito en cualquier juicio es el conocimiento de la verdad y el gobierno argentino parece haberle negado esta posibilidad a los chilenos.

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