La gente INTELIGENTE habla de IDEAS, La gente MEDIOCRE habla de COSAS, La gente IGNORANTE habla de la GENTE

adsense

lunes, 2 de febrero de 2015

NO MIRAN

Mirando hacia el fondo: ¿Qué muestra la crisis del caso Nisman que la elite política argentina parece que no quiere mirar? by Ricardo Runza marcha_nisman Han pasado ya muchos días desde que la muerte del fiscal Nisman desató una nueva crisis en el Sector Seguridad del Estado nacional argentino y hoy en día casi todos se conforman con mirar la superficie, narrar las consecuencias y obviar los enormes problemas estructurales que tiene el Estado nacional argentino que impactan negativamente en su Sector Seguridad. Las esquirlas estallan sobre algunos organismos del Poder Ejecutivo nacional (tales como: la división custodia de la Policía Federal, los cuerpos forenses de todas las fuerzas del Ministerio de Seguridad, la inteligencia policial de las Fuerzas de Seguridad, el propio Ministerio de Seguridad, la inteligencia militar de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa, la Cancillería, la Secretaría de Inteligencia y la propia Presidencia de la Nación de quien depende directamente este último organismo), del Poder Legislativo (en particular, sobre la comisiones parlamentarias relacionadas con los organismos ejecutivos mencionados) y del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial (a través de las fiscalías y los jueces que intervienen en todos los casos que forman parte conjunta de esta crisis). Indudablemente que todos los problemas orgánicos y funcionales del Estado, los malos desempeños individuales y las inoperancias institucionales que muestra esta crisis surgen de algún lado. ¿Pero de dónde? Obviamente, ellos surgen de la cultura de la elite política argentina (es decir de sus valores y creencias), de sus intereses reales, de su modo de ejercer el poder político y esencialmente del actual diseño orgánico funcional del Estado nacional argentino que es intrínsicamente funcional a la cultura, a los intereses y al modelo de ejercer poder que tiene esta elite y que por supuesto poco y nada tiene que ver con un funcionamiento estatal republicano y federal, civilizado, probo y acorde a los estándares esperados que se corresponden al siglo XXI. ¿Qué significa esto? Esta crisis muestra una situación que la sociedad argentina parece no querer reconocer ni ver: su elite política actual tiene intereses contrarios a ella y el pésimo diseño del Estado, alcanzado con la reforma constitucional de 1994 y con el marco legal logrado tras 31 años de democracia, no ha arrojado otra cosa que un Estado fallido que se muestra como tal ante toda la comunidad internacional en todos los campos del quehacer propio del Estado y obviamente ante la misma sociedad argentina, aunque ella todavía no quiera aceptarlo. Arreglar los problemas estructurales de este ESTADO FALLIDO en todo el Sector Seguridad del Estado argentino no se hace con purgas de personal, con cambios de nombres de organismos, con renuncias de algunos funcionarios, con cambios de relación de dependencia, con nuevas leyes o con el cumplimiento de leyes que nacieron fallidas. Tampoco se soluciona con las propuestas facilistas y reduccionistas que salen de la boca de los candidatos presidenciales de esta elite política que disputaran el poder a finales de este año y menos aún de aquellas esgrimidas por la actual Presidente de la Nación y sus serviles vasallos que muestran para quien quiera ver a todas luces la cultura primitiva y feudal que tiene esta elite política, casi sin excepciones. Entonces, ¿Qué habría que hacer? ¿Por dónde empezar? Si la sociedad aún sostiene y aún cree en los valores republicanos, federales y liberales que inspiraron a Juan Bautista Alberdi para dar a luz nuestro Estado nacional en 1853, indudablemente, que hay que comenzar por volver a nuestra Constitución Nacional primigenia para tener nuevamente las bases de un Estado republicano y federal porque esta Constitución vigente no las tiene a pesar que en su letra dice ser una para un Estado republicano y federal. ¿Con esto solucionamos todo? Indudablemente NO, porque la letra de la Constitución Nacional de 1853 era una acorde al siglo XIX y hoy nos encontramos en pleno siglo XXI. Por eso es necesario implementar también de manera complementaria algunos cambios orgánicos funcionales en el Estado pergeñado por esa Constitución que respondan a una serie de principios sencillos y fáciles de aplicar que aseguren el control ciudadano de la elite política para superar esta actual democracia delegativa, para que la ciudadanía pueda ejercer su control sobre la burocracia del Estado para obtener una mejor calidad de servicio de parte de ella, para coadyuvar a que los intereses de esa elite y de la burocracia estatal se aliñen con los de la sociedad y para minimizar las desviaciones que pudieran existir en ellas de cara hacia el futuro. ¿Qué principios adicionales habría que incorporar? Algunos de los principios complementarios (a aquellos que rigieron el modelo constitucional alberdiniano de organización y funcionamiento del Estado nacional argentino) que le propongo al lector son, entre otros, los siguientes: En el Poder Legislativo: 1) Quien gana una elección presidencial no puede ejercer la cabeza ni la mayoría de una comisión parlamentaria de control. El que gana administra el Estado y quien pierde lo controla. 2) Quien no cumple con su responsabilidad de control parlamentario de la actividad del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial tiene que tener una pena concreta y ejemplificadora. 3) Quien delega funciones del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo tiene que tener una pena concreta y ejemplificadora. 4) Quien traiciona los intereses de la comunidad que lo votó a favor de un caudillo en un Poder Ejecutivo o de un partido político tiene que tener una pena concreta y ejemplificadora. No puede haber legisladores soldados de una persona. El vasallaje debe ser minimizado y en lo posible eliminado. 5) Ningún legislador puede ejercer un cargo legislativo por más de diez años consecutivos. Es decir que se puede ser diputado por dos mandatos de cuatro años cada uno, se puede ser diputado por cuatro años y luego senador por seis años o viceversa pero nunca dos veces senador. 6) Para ser diputado la edad mínima debe ser de 40 años y la edad mínima de un senador debe ser 50 años. Experiencia, templanza y sabiduría deben ser requisitos indispensables. Haber compartido el esfuerzo del trabajo de cualquier contribuyente debe ser un requisito fundamental para que el legislador sea un par de cualquier ciudadano capaz de representarlo. 7) La planta de personal del Poder Legislativo debe ser acotada, específica y acorde a las tareas de legislación y control. Ella debe estar tipificada y cubrirse únicamente por concurso. 8) Los asesores legislativos deben acreditar experiencia y conocimiento sobre la materia que asesoran. Su número debe ser acotado y son los únicos que pueden ser nombrados por los legisladores. Ningún asesor legislativo puede ser personal de planta. Los legisladores no pueden nombrar otro personal que los asista. Todos los asistentes legislativos deben ser de planta. 9) El nepotismo en todas sus formas debe ser erradicado del Poder Legislativo. Se debe evitar la formación de clanes familiares en el Poder Legislativo y en todo el resto del Estado. 10) No debe haber prebenda ni privilegios de ninguna especie en el Poder Legislativo. Esto es fundamental para combatir la cultura parasitaria de la elite política argentina. En el Poder Judicial: 1) Los jueces, fiscales y defensores no tienen empleo público sino servicio público con inmovilidad en su cargo mientras dure su tiempo de servicio y su buena conducta. 2) La buena conducta de los jueces, fiscales y defensores públicos debe ser auditada por un grupo de organismos técnicos competentes: los Consejos de Magistratura, pero de ninguna manera decidida por un sólo grupo de poder, sea éste corporativo profesional o político. 3) Estos Consejos de la Magistratura asisten al Poder Legislativo para designar los fiscales, defensores y jueces del Poder Judicial bajo el modelo alberdiniano. El resto de los funcionarios judiciales son designados por las autoridades máximas del Poder Judicial. 4) El Consejo de la Magistratura debe ser un órgano técnico. No debe haber un solo Consejo de la Magistratura, sino uno por cada nivel de cargo judicial por sobre el cual debe expedirse. Se debe evitar la concentración de poder de elección y de control para minimizar el vasallaje del Poder Judicial con otros Poderes del Estado o con una persona. 5) Ningún juez, fiscal ni defensor del Estado puede tener un mandato consecutivo mayor a diez años y su tiempo de servicio judicial es de cinco con derecho a una reelección. 6) La ciudadanía decide con su voto la continuidad en un segundo mandato de los fiscales, defensores y jueces que sirven en su jurisdicción. De esta forma se castiga o se premia el desempeño individual y se evita el anonimato como una forma de ocultar la no independencia judicial. 7) La edad mínima de un fiscal y de un defensor público debe ser 40 años y la de un juez 50 años. 8) Todos los cargos del Poder Judicial deben estar tipificados, claramente establecidos. Sus cargos deben ser cubiertos por concursos y con un determinado perfil profesional. 9) El presupuesto del Poder Judicial es administrado por el Poder Judicial conforme a lo que establezca el Poder Legislativo y bajo el control parlamentario del mismo. 10) La ingerencia del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial debe ser anulada y la ingerencia del Poder Legislativo minimizada a lo estrictamente necesario para el funcionamiento independiente, republicano y federal del Poder Judicial que debe actuar conforme a la ley y a los intereses de la sociedad y no en forma contraria a ella. En el Poder Ejecutivo: 1) Quien asume la Presidencia de la Nación asume un servicio público y no un empleo público. 2) Quien asume la Presidencia de la Nación asume un compromiso de administración del Estado. No encabeza ninguna revolución ni ningún proyecto nacional que no sea cumplir con la Constitución Nacional y las leyes para el bien común de los argentinos siguiendo los preceptos del preámbulo de la Constitución Nacional de 1853. 3) La edad mínima para acceder al cargo de Presidente de la Nación debe ser 50 años y para Ministros y demás funcionarios políticos 40 años. 4) Queda prohibido el nepotismo en cualquiera de sus formas. Los parientes y cónyuges de un Presidente no pueden asumir cargos públicos de ningún tipo en ningún Poder del Estado ni pueden ser sujetos que puedan ser electos como miembros del Poder Ejecutivo hasta después de un mandato de quien está ejerciendo. 5) Por lo menos los cargos de Procurador General, Ministro de Economía y Recaudador de Impuestos deben ser electos por la ciudadanía por mandatos concordantes con el de la Presidencia de la Nación. El Presidente de la Nación elige el resto de los Ministros y funcionarios políticos de menor jerarquía. Esta es una manera de asegurar de quien asuma el cargo de Presidente de la Nación no lo haga mesiánicamente. El poder debe estar acotado y distribuido con la menor concentración posible, de manera equilibrada, propendiendo a su no licuación. 6) El diseño del Poder Ejecutivo, su organización y funcionamiento no puede cambiarse sin autorización del Poder Legislativo. Los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Agencias, Entes, Servicios y Fuerzas deben establecerse con criterios de eficiencia y organización estables en el tiempo. Se le prohíbe al Presidente crear organismos por sí mismo. Los organismos del Poder Ejecutivo deben tener misiones, responsabilidades y funciones permanentes y tareas consecuentes con ellas. Las políticas, objetivos y metas como así también las estrategias y tácticas operativas deben ser las variables de cambio de la administración pública. 7) Todos los organismos del Poder Ejecutivo deben tener todos sus cargos y posiciones laborales debidamente tipificadas, definidas y con requisitos de idoneidad profesional requerida. 8) Todo empleo público en el Estado nacional no puede tener bajo ningún aspecto privilegios y estabilidad laboral diferentes a un empleo privado. El derecho de paro debe estar acotado. 9) Todo puesto de empleo público debe ser asumido por concurso y bajo estrictas definiciones laborales. 10) Todo funcionario político que asume un cargo en el Poder Ejecutivo debe acreditar un perfil profesional determinado previamente especificado y preferentemente estable en el tiempo. Si estos principios complementarios se llegasen a instrumentar, en conjunto con las formas previstas en la Constitución de Alberdi, para organizar el Estado nacional argentino y si el Poder Ejecutivo ejecuta, el Poder Legislativo legisla y controla y el Poder Judicial brinda justicia y controla la constitucionalidad de las leyes y de los actos de gobierno y si además ningún Poder puede asumir las responsabilidades, funciones y tareas del otro, entonces el Sector Seguridad del Estado argentino podrá reformarse y cambiarse sustentablemente sobre cimientos sólidos. Sólo a partir de esto podremos tener comisiones legislativas capaces de controlar la inteligencia y toda la actividad del Sector Seguridad del Estado tal como tienen que actuar civilizadamente y de manera respetuosa a los derechos individuales, conforme a la experiencia internacional comparada con aquellos Estados republicanos y federales considerados paradigmas exitosos de buen gobierno. Solo así podremos tener jueces y fiscales con posibilidades serias de trabajar con independencia, oportunidad y calidad conforme a las expectativas que tiene la sociedad y finalmente solo así podremos tener fuerzas, agencias y servicios eficientes, oportunos y con calidad de servicio dependientes de Ministerios competentes y capaces de establecer políticas y estrategias de seguridad y además también de controlar su ejecución ante las amenazas a la seguridad que se ciernen actualmente sobre nuestro Estado, sobre nuestra sociedad y sobre cada uno de nosotros. Alcanzado primero estas bases, luego recién a partir de allí habría que comenzar a pensar cual puede ser el mejor diseño de cada fuerza, agencia, servicio, subsecretaría, secretaría y ministerio del Estado en el campo de la seguridad. No antes. El caballo debe estar adelante del carro. Éste es el camino que hay que transitar. No es un camino fácil, pero lamentablemente esto es, por ahora, lo que no se escucha decir a nadie de nuestra elite política acerca de lo que hay que hacer como si fuera algo que la elite política argentina pareciera no estar dispuesta a querer mirar. Ricardo Runza

No hay comentarios.:

Chiste de la semana

Chiste de la semana