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martes, 18 de junio de 2013

ELECCIONES

Cronograma para las elecciones legislativas de 2013 El cronograma electoral para 2013 oficializado por el Gobierno es el siguiente: 13 de mayo: Finalizó el plazo para convocar a las Paso nacionales. La Ley N º 26.571 fija en su artículo 20 que “la convocatoria a elecciones primarias las realizará el Poder Ejecutivo Nacional con una antelación no menor a 90 días previos a su realización. En Provincia el plazo venció antes, el 16 de abril, pero de acuerdo con el artículo 2 de la Ley N º 14.086 las Paso deben ser el mismo día de las nacionales. 12 de junio: Conformación de alianzas y adhesiones. A nivel nacional, en cumplimiento del artículo 6 de la Ley N º 26.576, “los partidos políticos que integren alianzas deben requerir su reconocimiento ante el juez federal con competencia electoral”. En Provincia, ese día venció el plazo para cumplir con el artículo 22 de la Ley N º 14.086 para el reconocimiento de alianzas. La norma establece que las alianzas deben presentarse “con una antelación no menor a los 60 días de la elección primaria”. 22 de junio: Cierre de las listas de precandidatos. En Nación lo dicta el artículo 26 de la Ley N º 26.571 y en Provincia el artículo 3 de la Nº 14.086. En ambos casos se da como máximo un plazo de 50 días antes de los comicios para presentar las listas. 12 de julio: Inicio de la campaña. De acuerdo con las leyes de las Paso, “la campaña electoral podrá iniciarse con 30 días de anticipación” a la fecha del comicio. 22 de julio: Inicio de la publicidad de campaña. La Ley fija que la publicidad televisiva de campaña podrá iniciarse 20 días antes de los comicios. En cambio, en la provincia de Buenos Aires, el artículo 16 de la norma N º 14.086 habla de “15 días previos a la fecha de los comicios”, es decir el 27 de julio, para todas las categorías de medios. 27 de julio: Restricción de los actos de gobierno. Las leyes de Nación y Provincia establecen que 15 días antes de la elección queda prohibido todo acto de gobierno que pueda inducir a la captación del voto. 3 de agosto: Difusión de encuestas. En la provincia está prohibida por ley la difusión de encuestas dentro de los ocho días previos a la efectivización de las Paso. 9 de agosto: Cierre de campaña. La campaña electoral finaliza 48 horas antes del inicio del acto eleccionario, coinciden el artículo 31 de la Ley N º 26.571 de la Nación, con el artículo 14 de la norma provincial Nº 14.086. 11 de agosto: Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso). Elecciones generales 12 de septiembre: Oficialización de listas. Un mes después de la realización de las Paso, y como dicta el artículo 20 de la Ley nacional Nº 26.571 “la resolución de oficialización de listas una vez que se encuentre firme”, será comunicada al Ministerio del Interior a los efectos de asignación de aporte, espacios publicitarios y franquicias que correspondieren”. 22 de septiembre: Inicio de la campaña. Así lo establece el artículo 91 de la Ley N º 26.571, cuando reza que “la campaña electoral se inicia 35 días antes de la fecha del comicio”. 2 de octubre: Inicio de la publicidad. El artículo 92 de la ley mencionada con antelación prohíbe la difusión de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos antes de los 25 días previos a la elección. 12 de octubre: Restricción de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos. También se fija esa prohibición a los 15 días previos a la emisión del sufragio. 19 de octubre: Prohibición de difusión de encuestas. Las mismas no podrán divulgarse más allá de los ocho días anteriores a la elección. 25 de octubre: Fin de la campaña electoral. “La campaña finaliza 48 horas antes del inicio del comicio”, establece el artículo 91 de la Ley nacional. 27 de octubre: Elecciones generales. De acuerdo con el artículo 1 de la Ley N º 25.983 “la elección se realizará el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos”.

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