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viernes, 4 de noviembre de 2011

AMADO KORRALITO




Me voy a permitir disentir con el Juez Armella y con el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

En primer lugar podemos sostener que el juez no ha actuado a derecho, porque debiera haber hecho lugar a la acción de amparo interpuesta por esta abuela. No existe causa, legal o factica alguna para impedirlo y así lo establece el art 43 de la Constitución Nacional: "Toda persona puede interponer ACCION (expedita y rápida) DE AMPARO, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja o altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, DERECHOS Y GARANTÍAS, RECONOCIDAS POR ESTA CONSTITUCIÓN..."

En segundo lugar, no es cierto, que como dice Echegaray, el organismo calcula el poder de ahorro de los compradores en base a su estructura de ingresos y de gastos, cuando se ha hecho la prueba con gente que puede demostrar que sus ingresos personales están por arriba de los $ 15.000.- y su cónyuge también tiene ingresos producto de su profesión, los que están probados suficiente y probadamante, y el sistema le dice que "NO PUEDE".

La realidad es que se ha creado virtualmente un "CORRALITO", e incluso ha llegado al tal punto, que gente que ha querido retitrar sus ahorros de un Banco en dólares, le dijeron "NO", como también le dijeron "NO" al sugerir que se los pasaran a pesos al cambio oficial y hacerlo efectivo a la fecha de su vencimiento.

El sistema, como se trata de un "CORRALITO ENCUBIERTO", está hecho a través de un programa que rechaza, prácticamente todos los pedidos por más legítimo que sea.

Por desgracia, una vez más, como lo hiciera Duhalde, se está de alguna manera "CONFISCANDO" los dineros de la gente que tiene en depósito. Ya este gobierno ha actuado en contra de la ley y ha sobre pasado la Constitucion Nacional, anteriormente, al confiscar lisa y llanamente los dineros depositados para una futura jubilación, y que eran de propiedad de los depositantes, y solo administrados en algunas de las AFJP.

Resulta por demás interesante recordar los Arts 17 y 29 de la Constitucion Nacional. El primero dice expresamente que "la propiedad es ionviolable, y ningún habitante de la nación puede ser privado de ella"... "La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal" y el 29, reza textualmente: El Congreso no puede conceder al Ejecutivo Nacional, ni las Legislaturas Provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otrogarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o LAS FORTUNAS DE LOS ARGENTINOS QUEDE A MERCED DE GOBIERNO o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una NULIDAD INSANABLE, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de LOS INFAMES TRAIDORES A LA PATRIA".

Finalmente, se hace necesario aunque más no sea recordar en parte los Arts: 14 de la C.N. cuando expresan:"Todos los habitantes de la Nación pueden usar y disponer de su propiedad..." el 28: Los derechos reconocidos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamentes su ejercicio, y el 31 que fija la supremacia de la Constitucion y las leyes de la Nación.

Sr. Director, por lo expuesto, y los hechos que están sucediendo como es la creación de un "CORRALITO" y la privación no solo de adquirir moneda extranjera, como de disponer de la propiedad como una persona lo prefiera, podemos decir sin lugar a equivocarnos, que estamos ante un grave hecho, consecuencia de la pésima administración y disposición que viene haciendo este gobierno desde hace varios años a esta parte, que no ha logrado más que crear incertidumbre, y que además, no quiere o no sabe salir del problema que crea inestabilidad innecesaria en sus habitantes, además de atacar permanentemente a la Ley Suprema de la Nación, nuestra Constitución Nacional.

Lo saludo ATTE.

Pedro R.

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