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domingo, 14 de octubre de 2007

NO VOTES EN BLANCO

Como podrán ver más abajo, en los artículos de la Constitución Nacional que se incluyen, si alguna fórmula lograra el 45% de los votos o más del 40% y 10% más que la fórmula que le sigue no habrá segunda vuelta.



Lo más importante es que los porcentajes se calculan sobre los votos afirmativos válidamente emitidos eso quiere decir que los votos en blanco o impugnados no cuentan para el cálculo de porcentajes.



Según las ultimas encuestas Kristina estaría obteniendo un porcentaje cercano al 40% y más del 10% de diferencia con el candidato siguiente, o sea que, si lograra llegar al 40% no habría segunda vuelta.



En conclusión: no deje de votar, hágalo por el candidato que prefiera ya que eso le resta puntos y podría permitir la segunda vuelta.



Las encuestas indican que hay cerca de un 23% de indecisos que, si bien podrían repartirse siguiendo la estadística, representan casi el doble de la intención de voto al segundo candidato.





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CAPÍTULO SEGUNDO

DE LA FORMA Y TIEMPO DE LA ELECCIÓN DEL

PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA NACIÓN





Articulo 94º.- El presidente y el vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece esta Constitución. A este fin el territorio nacional conformará un distrito único.



Articulo 95º.- La elección se efectuará dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del presidente en ejercicio.



Articulo 96º.- La segunda vuelta electoral, si correspondiere, se realizará entre las dos fórmulas de candidatos mas votados, dentro de los treinta dias de celebrada la anterior.



Articulo 97º.- Cuando la fórmula que resultare mas votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.



Articulo 98º.- Cuando la fórmula que resultare mas votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.



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