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lunes, 28 de marzo de 2011

OTRA RATA KIRCHNERISTA


ELECCIONES EN TUCUMÁN
José Alperovich no acata un fallo judicial

Es vergonzoso cómo el gobernador José Alperovich transgrede, una y otra vez, las instituciones judiciales tucumanas.

por RUBÉN RODO

SAN MIGUEL DE TUCUMÁN (El Tribuno). El gobernador de Tucumán se resiste a acatar el fallo judicial que ordena al Poder Ejecutivo constituir una nueva Junta Electoral. Contradictorio, dice respetar la Justicia, pero acude, en casación, a la Corte provincial con mayoría automática, en el afán de revertir la sentencia que desplaza al poder político del ente. Tucumán es la única provincia argentina donde predomina el Poder Ejecutivo en ese órgano.

Eliminó al ministro fiscal de la Corte para reemplazarlo por el fiscal de Estado, un súbdito bajo sus órdenes. El otro miembro, de su mismo palo, es el presidente de la Legislatura y vicegobernador. El titular del Supremo Tribunal, Antonio Estofán, íntimo amigo y ex funcionario, timonea la Junta. En suma, la maneja Alperovich dedocráticamente.

La dirigencia política tiene sobradas razones para sospechar de su imparcialidad y por ello exige el cumplimiento inmediato de la sentencia de los camaristas Rodolfo Novillo y Carlos Giovaniello.

Ellos declararon -como se sabe- nulo de nulidad absoluta e inconstitucional el cambio de vocales dentro del ente que controla el proceso eleccionario, dando vuelta la primacía de la Justicia, vigente desde la Carta Magna de 1907. Además, restituyeron la norma constitucional que obliga a los funcionarios, si aceptan candidaturas políticas, a tomar licencia, sin goce de sueldos. Al no exigir tal requisito, el mandamás implantó un sistema rentado para hacer política con recursos del Estado.

El renombrado constitucionalista Alberto Dalla Vía, presidente de Cámara Electoral Nacional, sostiene que sólo los jueces pueden controlar con imparcialidad el proceso por el cual el pueblo elige a sus representantes en los poderes Ejecutivo y Legislativo. Y añade que la fiscalización por órganos políticos afecta esa imparcialidad de los comicios.

Dalla Vía, titular de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, habla de Tucumán, sin hablar de Tucumán. Es más, es partidario de armar un tribunal con togados, similar a la Corte Suprema, para dar garantía de independencia e imparcialidad a las elecciones. Todo lo contrario ocurre en el planeta Alperovich.

A 22 semanas de la consulta popular -fijada para el 24 de agosto-, el clima político se recalienta cada vez más con el paso de los días. Ese tribunal es de importancia decisiva, pues debe dirimir todo entuerto que se presente.

Los habrá por decenas, seguramente. El perverso régimen electoral implantado en la provincia con la admisión de listas de acoples, adosadas a la candidatura de Alperovich, cualquiera fuera su vertiente política o ideológica, dará a pie a irregularidades de todo tipo. Hay postulantes del bussismo, lo que fue objeto de una repulsa unánime al recordarse el aniversario 35 del golpe militar.

Alrededor de 150 partidos se han registrado, sin hasta ahora haberse informado cuáles son. La gran mayoría -se supo- son de fabricación oficial con miles de nominados, financiados por debajo de la mesa. Se descuartizan entre ellos por una banca legislativa (49), una intendencia (18, Capital incluida), una concejalía (más de 200) o una comuna rural (196) con titular y suplente.

Desde ya, sin riesgo de error, se descuenta que los comicios y el escrutinio provisorio serán una parafernalia, imposible de controlar. Es el motivo real por el cual el mandamás se niega a soltar el contralor del organismo fiscalizador, quitándole la transparencia y la autenticidad que debe tener toda consulta al soberano, respetándose su voluntad, sin manipulaciones espurias.

La ley orgánica de partidos políticos Nº 5.454 determina una serie de requisitos a cumplir, que no se sabe si fueron observados.

Es de preguntarse si la Junta Electoral, a la hora de registrar su inscripción, les pidió -como exige la ley- el acta de fundación y constitución, la declaración de principios y bases de acción política, la carta orgánica, la designación de autoridades provisorias y apoderados, además de otras normas.

Un único botón de muestra: un abogado es el apoderado de 17 partidos, según se denunció públicamente. ¿Cómo dirimir una diferencia entre dos agrupaciones con un mismo representante legal? Para el diván, ¿no?

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