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martes, 11 de septiembre de 2007

JUBILACIÓN DE PRIVILEGIO

Pienso que las jubilaciones de privilegio, así como cualquier privilegio otorgado a un ciudadano sin una fuerte razón que lo justifique (en cuyo caso no seria un privilegio sino un reconocimiento) , vulnera la Constitución y los más elementales principios de una Democracia.

Y en mucho mayor grado si quien otorga el privilegio (por ejemplo, los diputados y senadores) son también beneficiarios del mismo.

Deberíamos diferenciar dos tipos de privilegios:

1- Aquellos que no hacen mas que reconocer un derechos constitucional a un sector o grupo (por ej. La movilidad de las jubilaciones de los jueces)

2- Aquellos que no tienen ningun respaldo serio constitucional (por ej, la excepción de pagar impuestos de los jueces, las jubilaciones de un funcionario o legislador otorgadas por haber trabajados periodos cortos de hasta un par de días, etc)

Pero quienes podrían cuestionar y declarar inconstitucionales los privilegios? LA CORTE, cuyos miembros se benefician con ellos!

Quienes podrían legislar y prohibir los privilegios? Los LEGISLADORES, cuyos miembros se benefician con ellos!

Es decir que el propio sistema es perverso en si mismo.

Lo que falta es sentido ETICO Y MORAL, y los únicos que podrían cambiar esto son los ciudadanos eligiendo bien, y la prensa, con una fuerte campania el respecto.

Pero parecería que a nadie le importe, y son felices con que los roben.



Pedro Bollo

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